DERECHOS DE LOS NIÑOS Y
NIÑAS, PARA TODOS
Los
derechos de los niños y niñas, han evolucionado con el fin de mejorar la
calidad de vida, garantizando sus derechos, por parte de todas las
instituciones del país, familia, estado y sociedad.
CÓDIGO DE INFANCIA Y
ADOLESCENCIA.
En
el código de infancia y adolescencia están consagrados los derechos de los
niños, niñas y adolescentes de Colombia, según la ley 1098 de 2006.
SUJETOS DE DERECHOS
En Colombia, son considerados como niño o niña persona entre los 0 y 12 años de edad, de los 12 a 18 años es un adolescente.
Es
el reconocimiento de todos los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, en quienes prima el derecho superior. La
protección integral se da desde planes, programas y acciones a nivel nacional,
departamental, distrital y municipal.
La
norma obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral y
simultánea de todos sus Derechos Humanos, que son universales, prevalentes e
interdependientes.
En
todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier índole,
prevalecen los derechos de los niños, niñas y adolescentes, se conserva el
interés superior de ellos.
ARTÍCULO 13. DERECHOS DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y DEMÁS GRUPOS ÉTNICOS.
Los niños, las niñas y los
adolescentes de los pueblos indígenas y demás grupos étnicos, gozarán de los
derechos consagrados en la Constitución Política, los instrumentos
internacionales de Derechos Humanos y el presente Código, sin perjuicio de los
principios que rigen sus culturas y organización social.
ART. 15: EJERCICIO DE
DERECHOS Y RESPONSABILIDADES.
Es obligación de la familia, la sociedad
y el estado, formar a los niños, niñas y adolescentes en el ejercicio
responsable de sus derechos.
ART. 17. DERECHO A LA V A UN AMBIENTE SANO. IDA Y A LA CALIDAD DE VIDA Y
Los
niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a la vida, a una buena
calidad de vida y a un ambiente sano en condiciones de dignidad y goce de todos
sus derechos en forma prevalente. Supone la generación de condiciones que
aseguren
·
Cuidado
·
Protección,
·
Alimentación,
·
Salud
·
Educación
·
Vestuario
·
Recreación
·
Vivienda
Los niños, niñas y adolescentes tienen
derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen
muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, a protección contra el
maltrato y abuso de padres o responsables de su cuidado.
ART. 19. DERECHO A LA REHABILITACIÓN Y LA RESOCIALIZACIÓN.
Los niños, las niñas y los
adolescentes que hayan cometido una infracción a la ley tienen derecho a la
rehabilitación y resocialización, mediante planes y programas garantizados por
el Estado e implementados por las instituciones y organizaciones
ART. 20. DERECHOS DE PROTECCIÓN.
Los niños, las niñas y los
adolescentes, serán protegidos contra:
·
Maltrato físico, emocional, psicológico
·
Explotación económica, mendicidad
·
Consumo de tabaco o sustancias psicoactivas o alcohólicas.
·
Insitacion a la prostitución, explotación sexual
·
Guerras y conflicto internos armados
·
Tortura, tratos crueles, humillantes o degradantes
·
Situación de vida en calle.
·
Traslados ilegales al extranjero
·
Desplazamiento forzado
·
Trabajo que afecte su integridad, salud, seguridad o educación.
·
Contagio de enfermedades infecciosas prevenibles antes, durante y
después de la gestación
·
Riesgo de su patrimonio
·
Riesgo de desastres naturales
·
A las minas antipersonas
ART. 21: DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD PERSONAL.
Los niños, niñas y adolescentes no
podrán ser detenidos ni privados de su libertad, salvo casos previamente
definidos,
ART. 22. DERECHO A TENER UNA FAMILIA Y A NO SER SEPARADO DE
ELLA.
Los niños, las niñas y los adolescentes tienen
derecho a tener y crecer en el seno de la familia, a ser acogidos y no ser
expulsados de ella.
ART. 24: DERECHO A LOS ALIMENTOS
Tienen derecho a los alimentos y
demás medios para su desarrollo físico, psicológico, espiritual, cultural, se
entiende por alimento todo aquello que e indispensable para el sustento del
niño, niña o adolescente.
Todos los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a la identidad y a conservar los elementos que la constituyen
como el nombre, la nacionalidad y filiación conformes a la ley.
ART. 26: DERECHO AL DEBIDO PROCESO
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que se
les aplique las garantías del debido proceso en todas las actuaciones
administrativas y judiciales, tienen derecho a ser escuchados y sus opiniones
deben ser tenidas en cuenta.
ART. 27. DERECHO A LA SALUD.
Todos los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a la salud integral, estado de bienestar físico, psíquico, y
fisiológico. Ningún hospital puede negar la prestación del servicio de salud.
ART. 28. DERECHO A LA EDUCACIÓN.
Los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a la educación, es obligatoria en preescolar y nueve grados de educación
básica, esta será gratuita.
ART. 29. DERECHO AL
DESARROLLO INTEGRAL EN LA PRIMERA INFANCIA.
Es
la etapa de cero a seis años, en la cual se establecen las bases del desarrollo
cognitivo, emocional y social del ser humano.
ARTÍCULO 32. DERECHO DE
ASOCIACIÓN Y REUNIÓN.
Los niños, las niñas los adolescentes tienen
derecho de reunión y asociación con fines sociales, culturales, deportivos,
recreativos, religiosos, políticos o de cualquier otra índole, sin más
limitación que las que imponen la ley, las buenas costumbres, la salubridad
física o mental y el bienestar del menor.
Los
NNA tienen derecho a la intimidad personal, mediante la protección contra toda
injerencia arbitraria o ilegal en su vida privada, la de su familia, domicilio,
correspondencia.
ART. 34. DERECHO A LA
INFORMACIÓN
Tienen
derecho a recibir, buscar información en distintos medios de comunicación, con
las restricciones necesarias para el respeto de sus derechos y la protección de
su seguridad, moral e integridad.
ART. 35. DERECHO A LA
PROTECCION LABORAL
La edad mínima de admisión al trabajo y derecho
a la protección laboral de los adolescentes autorizados para trabajar la edad mínima
para que un adolescente trabaje es de 15 años, con la autorización emitida por las
autoridades competentes.
ARTÍCULO 36. DERECHOS DE
LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES CON DISCAPACIDAD.
Para
los efectos de esta ley, la discapacidad se entiende como una limitación
física, cognitiva, mental, sensorial o cualquier otra, temporal o permanente de
la persona para ejercer una o más actividades esenciales de la vida cotidiana.
Ellos tienen derecho a gozar de una calidad de vida plena, y a que se les
proporcionen las condiciones necesarias por parte del Estado para que puedan
valerse por sí mismos, e integrarse a la sociedad.
ART. 37. LIBERTADES
FUNDAMENTALES:
Los
NNA gozan de las libertades consagradas en la Constitución de Colombia y en los
tratados internacionales de derechos humanos, tales como libres desarrollo de
la personalidad, autonomía personal; libertad de conciencia y creencias;
libertad de cultos; libertad de pensamiento; libertad de locomoción, y libertad
para escoger profesión u oficio.
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